Ciudad de México.- En sesión de este 27 de abril, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales presentó un proyecto mediante el cual se somete a consideración del Pleno instruir al Director General de Asuntos Jurídicos, como representante legal, para interponer una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frente al decreto por el que se reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El proyecto de acuerdo considera que diversas disposiciones del decreto causan afectación de distintos tipos a los derechos humanos de acceso a la información y de protección de datos personales consagrados en los artículos 6º y 16 de la Constitución Política, por cuya efectividad corresponde velar y proteger al INAI.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 16 de abril de 2021, se publicó decreto que establece la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el cual se deben entregar datos biométricos de 122 millones de usuarios como: huellas dactilares, lectura de iris y rostro, en un requisito para el uso de telefonía celular.
La comisionada presidente del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, asumió al órgano como componente fundamental del Estado mexicano que no puede ser ajeno al curso de los acontecimientos y decisiones que impactan la vida y los derechos humanos de las personas.
El Instituto, estableció, es un órgano garante que promueve y defiende dos derechos humanos imprescindibles: el derecho de acceso a la información y el de la protección de datos personales.
Subrayó la comisionada presidente, el INAI debe asumir una postura inequívoca sobre la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, y señaló que el decreto presenta problemas constitucionales relacionados con entrega de datos biométricos de usuarios del servicio de telefonía móvil, que instruye obligatoriedad de registrarse so pena de la cancelación del servicio.
Para Ibarra Cadena, “las disposiciones del decreto afectan afectan la libertad de acceder a información plural y oportuna, así como la de buscar, recibir y difundir información e ideas para las cuales el Estado debe garantizar el derecho de acceso a todas las tecnologías de información y telecomunicación e impactan en el tema de la identificación de las personas”.


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